lunes, 8 de julio de 2024

REFLEXIONES EN TORNO A LOS 50 AÑOS DE LA LEY DE COLEGIOS PROFESIONALES 1974-2004.

 

En nuestro País rige una Ley de Colegios Profesionales del año 1974, que ha sido modificada en diversas ocasiones, después de la promulgación de la Constitución Española, pero ninguna de las modificaciones, la última con motivo de la publicación de la denominada Ley Ómnibus, han abordado aspectos que necesariamente precisan de una adecuación. España, en estos momentos contempla una realidad política muy diferente a la existente con anterioridad a la Constitución. Han aparecido nuevos Colegios y Consejos Autonómicos, como consecuencia del estado de las autonomías y, todas la Comunidades Autónomas tiene trasferidas las competencias en materia de Colegios Profesionales por lo que no existe ninguna Comunidad Autónoma que no haya legislado en esta materia.

Es claro que la Ley de Colegios Profesionales del año 1974, constituye un marco normativo que actúa como garante ante la sociedad de la buena práctica profesional, pero que requiere de una adecuación para dar respuesta por ejemplo a la relación entre los Consejo Autonómicos y los Consejos Generales, el tratamiento autonómico de los Colegios únicos o abordar de manera clara el tema del intrusismo.

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